El derecho a la libertad religiosa, como derecho fundamental de toda persona, lo es también de la privada de libertad como reconocen las declaraciones y documentos internacionales sobre los derechos de estas personas. Ello ha permitido a la Pastoral Penitenciaria de la Iglesia católica, en línea con otras confesiones, asistir y prestar ayuda humana y espiritual a las personas presas, lo cual contribuye a generar en ellas una actitud y una disposición favorables a los fines de la reinserción social, así como a propiciar en los centros penitenciarios un clima de humanización igualmente favorable a esa finalidad. Además, al igual que otras organizaciones e instituciones, la misma Pastoral Penitenciaria asume un amplio abanico de actuaciones e intervenciones que, de acuerdo con el concepto socio-cultural de tratamiento introducido por el Reglamento Penitenciario de 1996, integran la actuación propiamente tratamental.